DISPOSITIVA
Por la razones precedentemente expuestas, este Tribunal de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa. Extensión Acarigua. Sección Adolescentes, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley de conformidad con lo establecido en los artículos 621, 629, 646 y 647 literal A, de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, acuerda REVOCAR la sanción LIBERTAD ASISTIDA, que le fuere impuesta al adolescente: IDENTIDAD OMITIDA, quien fue condenado por la comisión del delito de TRAFICO ILICITO DE DROGAS, en la modalidad de Distribución en cantidades menores, establecido en el articulo 149,Ejusdem, cometido en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO, a cumplir la sanción de LIBERTAD ASISTIDA y REGLAS DE CONDUCTA previstas en los artículo 626 y 624 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño Niña y Adolescente, respectivamente, de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, por el lapso de DIE.....