DECRETA: PRIMERO: Con lugar la Revisión de la Medida Cautelar de Fianza, y se sustituye por una Medida Cautelar con Caución Juratoria, a favor del imputado: RICHARD ALEXANDER LUNA NARVAEZ, venezolano, natural de Margarita, Estado Nueva Esparta, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Número V- 17.407.619, nacido en fecha 26-08-1981, de 33 años de edad, soltero, pescador, hijo de Belkis Narváez y de Nilson Luna y residenciado en residenciado en Sector la Marina De Guaca Parroquia Bolívar; Municipio Bermúdez, del Estado Sucre, a quien se le inicia investigación por su presunta la comisión del delito de HURTO CALIFICADO, previsto y sancionado en el artículo 453 numeral 5, del Código Penal, en perjuicio de MIRNA CAROLINA GONZÁLEZ GONZÁLEZ, consistente en Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad, consistente en presentaciones periódicas cada Quince (15) días por el lapso de Ocho (08) Meses, por ante la Unidad de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal. SEGUNDO: No meterse o t.....