(...) DECLARA: SIN LUGAR la demanda intentada por los ciudadanos LUIS ALBERTO RAMOS CARIEL y HECTOR MODESTO VASQUEZ MENDOZA, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad número V- 3.479.747 y V- 6.306.513 respectivamente, en contra de la Sociedad Mercantil FOSPUCA LIBERTADOR, C.A., Sociedad Mercantil inscrita en el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha veintiocho (28) de diciembre de 1993, bajo el N° 62, Tomo 78-A-Sgdo., por concepto de Pago de Cesta Alimentación, partes ampliamente identificadas.
No hay condena en costas de conformidad con la norma del artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Por aplicación analógica de acuerdo a lo dispuesto en la norma del artículo 11 de Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil se ordena dejar copia certificada de la presente sentencia.
Se ordena la public.....