Ahora bien, visto que la demanda fue presentada en fecha 07 de febrero de 2012, se observa que se realizó fuera del lapso de ciento ochenta (180) días, resultando forzoso para este Tribunal declarar INADMISIBLE la demanda de nulidad del acto administrativo Nº 369 de fecha 17 de abril del 2009, emanado de la Inspectoría del Trabajo, por cuanto operó la caducidad en el mismo, conforme a lo establecido en el Artículo 35 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa. Así establece.