Por todas las razones expuestas, este Tribunal Primero del Municipio Puerto Cabello en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley Niega la Medida de Secuestro solicitada por la parte actora ciudadano AMERICO DE FREITES BRAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-6.150.591, asistido por los abogados JOSE LUIS CONTRERA QUEVEDO Y EFRAIN PINTO, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros 30.833 y 54.539, contra el ciudadano JONATHAN ALEXANDER RIVAS IBARRA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-19.363.120, todos de este domicilio, en el juicio seguido por RESOLUCION DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO.
Dada, firmada y sellada, en la Sala de Despacho de este Tribunal, a los catorce (14) días del mes de Abril (04) del año 2010, siendo las 11:00 de la mañana. AÑOS 200° de la Independencia y 151° de la Federación.
Publíquese. Regístrese. Diarícese y anótese en los libros respectivos.
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