DISPOSITIVA
En mérito a las razones que preceden, este Tribunal Quinto de Primera Instancia en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Barquisimeto, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, a tenor de lo dispuesto en el artículo 264 del COPP, DECLARA SIN LUGAR por no proceder en derecho, la solicitud por el Abogado Joseph Gutiérrez Suárez, IPSA 138674, con el carácter de Defensor Privado designado por el acusado Alfonso Guerrero Marrufo, a quien se le sigue proceso por la presunta comisión del delito de ROBO AGRAVADO, OCULTAMIENTO ILICITO DE ARMA DE FUEGO, APROVECHAMIENTO DE COSAS PROVENIENTE DEL DELITO Y RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previsto y sancionado en articulo 458, 277, 470 Y 218, numeral 1 del Código Penal, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 250, 251 y 252 del COPP.
Notifíquese a la Fiscalía del Ministerio Público y a la Defensa Privado.
Dada, firmada, sellada en la Sala .....