IV. DISPOSITIVA
En fuerza de las consideraciones expuesta, este JUZGADO SUPERIOR PRIMERO EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS, en Sede Constitucional, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la presente acción de Amparo Constitucional interpuesto por el ciudadano CHARALAMPE MARMANIDIS, Venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº 10.338.239, asistido de los abogados KNUT WAALE RODRIGUEZ y DEPSI MAYERLI ROSALES PALACIOS, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, abogados en ejercicio, titulares de las cédulas de identidad Nos. 4.269.431 y 9.968.780, e inscritos en el Inpreabogado bajo los números 36.856 y 61.872, respectivamente, en contra del auto dictado en fecha 01 de abril de 2014, por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tráns.....