- III –
DECISIÓN
En consecuencia, con fundamento en las motivaciones antes referidas, este JUZGADO DÉCIMO CUARTO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la presente demanda de desalojo intentada por la Sociedad Mercantil ADMINISTRADORA OCTAGON 2010, C.A., contra la Empresa CYBER LOCAL DEMIANG., C.A.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Décimo Cuarto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. En la ciudad de Caracas, a los catorce (14) días del mes de Junio de dos mil trece (2013). AÑOS: 203° de la Independencia y 154° de la Federación.
LA JUEZA,
Abg. DAYANA ORTIZ RUBIO
LA SECRETARIA,
BLENDY BARRIOS
En la misma fecha .....