Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Superior Marítimo con competencia nacional y sede en la ciudad de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley expresamente ordena la acumulación en autos de las actuaciones íntegras que cursan en el expediente signado con el Nº 2008-000127, correspondiente al Cuaderno de Tercería, para ser agregadas al expediente Nº 2008-000132, apelaciones que versan sobre un mismo Juicio.
Dejar copia certificada de la presente decisión, a los fines de su archivo, de conformidad con lo establecido en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.