Con fuerza en las alegaciones anteriormente aducidas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en funciones de Juicio de Violencia contra la Mujer del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, impartiendo justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere la ley:
UNICO: DECRETA LA NULIDAD ABSOLUTA del auto de fecha 12 de enero de 2006, proferido por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en función de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, donde decreta el procedimiento abreviado en la presente causa, de conformidad con lo previsto en el ordinal 3 del artículo 372 y artículo 375, ambos del Código Orgánico Procesal acordando remitir el expediente a un Tribunal de Juicio, en razón del pedimento por parte del Fiscal del Ministerio Público mediante el oficio Nº FMP-1434-05 de fecha 28 de noviembre de 2005, sin que se celebrará acto alguno conforme a lo previsto .....