Se declara: PRIMERO: CON LUGAR la demanda por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO intentada por el ciudadano NELSON ERNESTO ROMERO, contra la ciudadana AGATA RITA ANNA GUGLIOTTA SILVESTRE, todos debidamente identificados en autos. SEGUNDO: Se condena a la demandada AGATA RITA ANNA GUGLIOTTA SILVESTRE, a dar cumplimiento a lo establecido en el contrato de opción de compra venta, en fecha 17 de octubre de 2003, según documento registrado por ante la Oficina Subalterna de Registro del Municipio Silva del Estado Falcón, ..........., TERCERO: En caso de que la ciudadana AGATA RITA ANNA GUGLIOTTA SILVESTRE, no cumpliere voluntariamente con lo ordenado en el particular anterior, se tendrá esta sentencia como documento de transferencia de la propiedad del inmueble, al demandante NELSON ERNESTO ROMERO, autorizándosele plenamente a protocolizarla por ante la Oficina de Registro Inmobiliario de los Municipios Naguanagua y San Diego del Estado Carabobo, mediante copia certificada mecanografiada de la pr.....