En fecha 14 de agosto de 2018, este Juzgado se pronunció sobre el escrito de pruebas promovido por los Abogados Félix Sánchez y José, actuando en su carácter de Apoderados Judiciales de la S.M. MEDITRON, C.A., mediante el cual decidió respecto al MERITO FAVORABLE que no hay materia sobre la cual pronunciarse por no ser un medio probatorio, INADMISIBLE la Inspección Judicial solicitada, ADMITIÓ la prueba Informes e INADMISIBLE la prueba de Exhibición, ORDENÓ notificar a la Procuraduría General de la República e INSTÓ a la parte promovente a consignar los fotostatos requeridos.