Por las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad contra la Providencia Administrativa N° 029-2023, Expediente Administrativo N° 029-2023-01-00413, de fecha 04 de mayo de 2023, emanada la Inspectoría del Trabajo Miranda Este del Municipio Libertador del Distrito Capital, la cual declaró CON LUGAR la solicitud de AUTORIZACION DE DESPIDO incoada por la entidad de trabajo ASOCIACION CIVIL VALLE ARRIBA ATLHETIC CLUB contra la ciudadana ANGELY GABRIELA POLANCO ROMERO. SEGUNDO: Se ordena notificar de la presente decisión a las partes, así como a la Procuraduría General de la República.