En base a lo antes expuesto, esta Sala 2 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ANULA el procedimiento efectuado en el presente caso y la decisión objeto de consulta, dictada por la Jueza de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Juicio Cuarto de este Circuito Judicial Penal. Y se ordena la tramitación de la acción de amparo presentada por el Abogado CARLOS ALEJANDRO PADRINOS MALPICA, en representación del ciudadano ANDRES MIGUEL ESTRADA URBINA, conforme al procedimiento pautado en la sentencia de fecha 1º de febrero del año 2000, caso José Amado Mejías, por otro juez distinto al que dicto la decisión anulada.-
Publíquese, Regístrese, Notifíquese a las partes.
Remítase las actuaciones al Juzgado a quo a los fines de su envío a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de este Circuito para que l.....