DECISIÓN
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Superior Décimo de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
1. SU COMPETENCIA para conocer de la querella interpuesta por los abogados JUAN PABLO TORRES FIGUEREDO y OLENA COLOMBANI DE TORRES, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los números 90.687 y 90.686, respectivamente, actuando en su carácter de apoderados judiciales del ciudadano LINO ANTONIO LA ROSA ZAMBRANO, titular de la cédula de identidad Nº V-12.455.263, contra el DISTRITO METROPOLITANO DE CARACAS por órgano de su ALCALDÍA, a través del CUERPO DE BOMBEROS.
2. CON LUGAR la querella funcionarial interpuesta y, en consecuencia:
2.1. SE ANULA de conformidad con el artículo 20 de la Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos, el acto administrativo contenido en la Resolución Nº 009982 de fecha 26 de septiembre de 2007, publicada en el Dia.....