consecuencia, este Juzgado Tercero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, imparte la HOMOLOGACIÓN al DESISTIMIENTO del recurso de apelación interpuesto por el abogado JAVIER GIORNALLI, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, contra la sentencia dictada en fecha 13 de octubre de 2008, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo.
En consecuencia, queda sin efecto el auto dictado por este juzgado en fecha 03 de noviembre de 2008, que fijó la oportunidad de celebración de la audiencia oral y publica de apelación.
Queda confirmada la sentencia recurrida.