Por las razones expuestas, este Juzgado Superior Primero en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando Justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Su COMPETENCIA para conocer del recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto por el ciudadano GICLIPS ELEXANDER RODRÍGUEZ PÁEZ, asistido por el abogado ELIO ALEXANDER RIVERO, ya identificados, por el cobro de los intereses de mora producidos por el retardo en el pago de sus prestaciones de antigüedad, contra el INSTITUTO AUTÓNOMO DE POLICÍA MUNICIPAL DE BARUTA.
SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR el presente recurso. En consecuencia, se ORDENA el pago de los intereses de mora desde el 24 de mayo de 2010 hasta el 15 de abril de 2011, en los términos expuestos en la motiva del presente fallo.
TERCERO: Se NIEGA la pretensión del actor, en cuanto a que la Administración querellada sea condenada a pagar la cantidad de CINCO MIL QUINIENTOS DIECINUEVE BOLÍVARES CON.....