DISPOSITIVA
Es por las razones, antes expuestas que este Tribunal de Control Nº 8, del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley decide en los siguientes términos; PRIMERO: Se Decreta con lugar la Aprehensión en Flagrancia de conformidad con el ordinal 1º del artículo 44 de la Constitución y el artículo 248 del COPP. SEGUNDO: Asimismo, esta juzgadora acuerda la tramitación de la causa por el PROCEDIMIENTO ABREVIADO, de conformidad con el artículo 372 del COPP. TERCERO: Se impone la Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad, de conformidad a lo dispuesto en los Artículos 250 del COPP, en contra de la ciudadana YOHANA COROMOTO SANCHEZ GARCIA, titular de la cedula de identidad Nº 19.590.698, por el Delito de TRAFICO INTRAORGANICO AGRAVADO DE DROGAS, previsto y sancionado en el artículo 149 Segundo aparte con el agravante del articulo 163 ordinal 5º Y 9º de la Ley Orgánica de Dr.....