Conforme a lo expuesto, este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Centro Norte, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara:
1. PROCEDENTE la medida cautelar de suspensión de efectos interpuesta por el abogado OMAR FUMERO DÍAZ, cédula de identidad V-7.146.126, inscrito en el Inpreabogado Nro. 67.414, con carácter de apoderado judicial de JOHNSON CONTROLS, C.A., domiciliada en Valencia e inscrita por ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, el 17 de marzo de 1997, Nº 43, Tomo 24-A., y posteriormente inscrita en el mismo registro por reforma del Documento Constitutivo Estatutario, el 17 de marzo de 1998, Nº 57, Tomo 20-A.
2. En consecuencia, se ORDENA la suspensión de los efectos de la providencia administrativa Nro. 287, dictada el 24 de septiembre 2007, por la INSPECTORÍA DEL TRABAJO "BATALLA DE VIGIRIMA" D.....