PRIMERO: Sin lugar la apelación ejercida por la representación judicial del demandado, ciudadno Carlos Helimenas Sequera Añez, ampliamente identificado en autos, en consecuencia, se condena al demandado a lo siguiente:
a) A presentar en un lapso de treinta días siguientes a la declaratoria de firmeza del presente fallo, las cuentas referentes a su gestión de administrador de la sociedad Mercantil COMERCIALIZADORA DON CARLOS D.C, C.A., desde el comienzo del giro comercial de dicha sociedad, hasta el ía 10 de otubre de 2000, especialmente respecto al negocio jurídico relativo a la compraventa de cantidades e azúcar llevadas a cabo a través del documento autenticado por ante la Notaría Pública Tercera del Municipio Baruta del Estado Miranda, el 28 de diciembre de 1999, anotado bajo el número 80, tomo 119.
b) Respecto a la solicitud de pago de intereses respecto a las cantidades de dinero que presuntamente estén pendientes por enterar a la sociedad mercantil, producto de la o las negocia.....