Definitivamente Firme como ha quedado la decisión dictada por el Tribunal Quinto de Control del Primer Circuito Judicial Penal del Estado Sucre con sede en la ciudad de Cumana, en fecha: 17 de Diciembre de 2007, mediante el cual DECRETO EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA a favor del ciudadano: MARIO JOSÉ MACHADO, venezolano, de 29 años de edad, titular de la cédula de identidad N° V-14.008.123, residenciado en San Juan de Macarapana, Municipio San Juan, Estado Sucre, en perjuicio del Estado Venezolano; por el delito de OCULTAMIENTO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal Venezolano. En tal sentido este Tribunal Segundo de Ejecución del Primer Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, sede en Cumana, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, por cuanto no hay pena, ni medida alguna que ejecutar, definitivamente firme la decisión y concluida como esta la causa por ser cosa Juzgada,