DISPOSITIVA
Con base a la razones de hecho y de derecho antes expuestas, esta Sala Cuatro de la Corte de Apelaciones del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la ley, declara SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto el 06 de noviembre de 2008, por la abogada Carla Catalina Ferreira Fernándes, en su condición de Fiscal Centésima Vigésima Sexta del Ministerio Público con competencia en materia de Derechos Fundamentales, y en consecuencia CONFIRMA la decisión del 30 de octubre de 2008, dictada por el Juzgado Cuadragésimo Quinto de Control de este Circuito Judicial Penal, durante la celebración de la audiencia preliminar, mediante la cual impuso a los ciudadanos Rafael Argenis Ortiz Gutiérrez, Jhonny José Sanguino Rojas, Johan José Adán Giménez y Eduardo Hernández Hernández, las medidas cautelares sustitutivas a la privación de libertad, contempladas en el artículo 256.3.4.6 del Código Orgánico Procesal Penal.
Regístrese.....