este Tribunal administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara DISUELTO el vínculo que contrajeran los ciudadanos ILDEBRANDO ANTONIO JIMENEZ HERNANDEZ y JACQUELINE JOSEFINA SALCEDO TORRES ya identificados, por ante la Jefe Civil Jefe Civil, de la Parroquia Catedral Municipio Autónomo del Estado Lara, en fecha 07 de Diciembre de 1.991. De dicha unión matrimonial no procrearon hijos. Ofíciese al Jefe Civil, de la Parroquia Catedral Municipio Autónomo del Estado Lara y al Registro Principal. La presente sentencia queda firme en su misma fecha.