En virtud de las consideraciones anteriores, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley decide:
Primero: La validez del Informe Pericial presentado por la experto contable MARÍA PATRICIA ZEPEDA, por considerar que está ajustado a derecho y esta dentro de los límites del fallo.
Segundo: La cancelación del pago de los Honorarios Profesionales a la Licenciada MARÍA PATRICIA ZEPEDA, tal como fue acordado mediante auto de fecha veinte (20) de junio de 2011 (folio 236) de la segunda pieza en la cantidad de Bs. 2.380,00. Así mismo, el pago de honorarios de las Licenciadas SONNY CATHERINE CHAM ROSSI y BEATRIZ ELENA SANTANA, inscritos en el Colegio de Contadores bajo los Nros C.P.C. 54.224 y L.A.C. 11-33540, respectivamente; la cantidad de Bs. 2.380,00 para cada uno. Así se establece.
Publíquese, Reg.....