PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta por la representación judicial del ciudadano MIKAIL ROJAS DE LIMA, la sentencia dictada por el Tribunal Décimo Octavo de Municipio, Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 3 de agosto de 2023, en la que declaró SIN LUGAR el FRAUDE PROCESAL (INCIDENTAL)
SEGUNDO: SE CONFIRMA, la sentencia dictada por Tribunal Décimo Octavo de Municipio, Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas en fecha 3 de agosto de 2023, en la que declaró SIN LUGAR la incidencia de Fraude Procesal, interpuesta por la representación judicial del ciudadano MIKAIL ROJAS DE LIMA.
TERCERO: SIN LUGAR la denuncia de FRAUDE PROCESAL realizada por la representación judicial de MIKAIL ROJAS DE LIMA, en contra de la ciudadana LOREDANA ARISTEIGUIETA HERRERA.
Se condena en costas a la parte perdidosa, de conformidad con el artículo 274 del Código de Procedimiento.....