DECISION
Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Superior Tercero Agrario en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA IMPROCEDENTE la solicitud de la Medida de Suspensión de los efectos del acto, solicitada por el apoderado judicial de la parte recurrente, Abogado José Nayib Abraham Anzola, en el juicio por Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad, que intentara en contra del acto dictado por el Directorio del Instituto Nacional de Tierras INTI, en sesión Nº 273-09, de fecha 22 de octubre del año 2009, punto de cuenta Nº 001, recaído sobre un lote de terreno denominado El Totumo, ubicado en el Sector El Totumo, Parroquia Buria Municipio Simón Planas del estado Lara, con una superficie aproximada de Mil Doscientas Cincuenta y Un Hectáreas (1.251 Has aprox.), con los siguientes linderos: Norte: Hacienda Curduvare; Sur: Consejo Comunal El Coral; Este: Asentamiento Campesino El Merey y Oeste: Consejo Comunal El Coral.
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