DISPOSITIVA
Por todas las razones expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, dicta los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: DECLARA SIN LUGAR el Recurso de Apelación de Autos, interpuesto por la Abg. Lina Elena Dupuy Rodríguez, en su condición Defensora Privada de las ciudadanas CARMEN AURORA RODRÍGUEZ MARCANO y DAISY PASTORA DÍAZ, contra de la dictada en fecha 21 de Diciembre de 2010 y fundamentada en esa misma fecha, por el Tribunal de Primera Instancia en funciones de Control N° 12 de éste Circuito Judicial Penal, Extensión Carora, mediante el cual decreta Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad a las referidas ciudadanas, de conformidad con lo establecido en los artículos 250, 251 y 252 del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: SE CONFIRMA la decisión dictada por el Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Con.....