DECISION
Por todo lo antes expuesto este Tribunal administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo previsto en el artículo 647 literal f de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes Ratifica la medida de Privación de Libertad impuesta al joven RESERVADO Líbrense los oficios correspondientes y Notifíquese a la Defensa y al Ministerio Público de la decisión fundamentada en esta fecha
El Juez de Ejecución
Abog Gerardo Pastor Arias El Secretario