IV
DECISIÓN
Por las razones precedentes, este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental, con sede en Barquisimeto, actuando en Sede Constitucional, en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: CON LUGAR, la acción de amparo constitucional interpuesta por la abogada KATIUSCA BETANCOURT BUSTAMANTE, actuando como apoderada judicial del ciudadano RAFAEL EDUARDO MARTINEZ ARIAS, ambos antes identificados, contra la Sociedad Mercantil AZUCARERA GUANARE COMPAÑÍA ANÓNIMA, por el presunto incumplimiento de la Providencia Administrativa Nro. 00411-2008, de fecha 09 de diciembre de 2008, dictada por la Inspectora Jefe del Trabajo en Guanare Estado Portuguesa, Expediente Administrativo No. 029-2008-01-00447, la cual ordenó el Reenganche y Pago de Salarios Caídos del solicitante.
SEGUNDO: Se ORDENA a la Sociedad Mercantil AZUCARERA GUANARE COMPAÑÍA ANONIMA, en la persona de sus representantes legales o a.....