este Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo con competencia en los estados Yaracuy y Cojedes, actuando con la competencia constitucional que le es atribuida, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
1. INCOMPETENTE para conocer el presente Amparo Constitucional incoado, por el ciudadano CARLOS FELIPE RUIZ RUIZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-4.595.402, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 44.205, actuando en su condición de apoderado legal de la U.E COLEGIO ARISTIDES BASTIDAS "ARBA"S.R.L, contra la ZONA EDUCATIVA DEL ESTADO YARACUY, CONSEJO MUNICIPAL DE PROTECCIÓN DE DERECHOS DEL NIÑO NIÑA Y ADOLESCENTES DEL ESTADO YARACUY y JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.
2. En consecuencia, s.....