"...En razón de todos los anteriores razonamientos, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, actuando en sede civil, Declara: Primero: Sin Lugar la querella interdictal de restitución por despojo intentada por las ciudadana ZULEIMA DEL VALLE DE ABREU MONTILLA Y MARIA BELMIRA DE ABREU MONTILLA, contra la ciudadana MARIA TIBISAY ORTEGA, todas antes identificadas. Segundo: Se suspende la Medida de Secuestro practicada por el Juzgado Segundo Ejecutor de Medida de los Municipios Valencia, San Diego, Naguanagua, Los Guayos y Libertador de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en fecha 28 de Junio de 2001. Tercero: Se condena en constas a la parte querellante por haber resultado totalmente vencida. Y ASI SE DECIDE..."