CAPITULO III
DECISIÓN
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara la extinción del proceso en el juicio por Interdicto por Despojo, interpuesto por la abogada Germania Galíndez, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 35.711, actuando en su carácter de apoderada judicial del ciudadano Omar Naim Massoud Massoud, venezolano, mayor de edad, cédula de identidad No. 12.320.339, contra la ciudadana Elizabetta Graziani, venezolana, mayor de edad, cédula de identidad N° v-7.164.146, y de este domicilio.
Se ordena la notificación de las partes, conforme a lo establecido en el artículo 233 del Código de Procedimiento Civil, parte infine.
Dada, firmada y sellada, en la Sala de Despacho de este Tribunal, a los quince (15) días del .....