Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Trabajo del Estado Carabobo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PARCIALMENTE CON LUGAR, la pretensión incoada por la ciudadana FABIOLA ORTEGA GAERSTE, titular de la cedula de identidad N° 17.172.032 en contra de la empresa BRASILINDA, C.A y en consecuencia se condena a pagar al demandado la cantidad de NOVENTA Y NUEVE MIL CIENTO CINCUENTA Y DOS BOLIVARES CON TREINTA Y TRES CENTIMOS (Bs.99.152,33) PUBLÍQUESE y REGÍSTRESE. Déjese copia certificada para el copiador de sentencias.
Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo. En Valencia a los quince (15) días del mes de julio el año 2013 Años: 203º y 154º.