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DECISIÓN
Atendiendo a todo lo expuesto, este Tribunal Décimo Cuarto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos: NINOSKA COROMOTO MONTES RAMIREZ y LUIS ENRIQUE HIGUEREY CANINO, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 10.375.961 y V-9.485.591, respectivamente, en consecuencia, queda disuelto el vínculo matrimonial por ambos contraído en fecha 12 de enero de 1991, por ante la Oficina Subalterna de Registro Civil de la Parroquia Antímano, Municipio Libertador del Distrito Sucre, según consta de Acta de Matrimonio anotada bajo el Nº 01, del año 1991, del Libro de Registros Civil de Matrimonios llevados por dicha Autoridad Civil.
Expídanse copias certificadas de la presente decisión a cada uno de los solicitantes. A.....