DISPOSITIVA
En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Octavo en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, solo por este acto Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, se acuerda mantener al ciudadano YONEUDI CAMILO LEAL MASCAREÑO, venezolano, mayor de edad, (...), por la presunta comisión del delito de RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previsto y sancionado en el encabezado del artículo 218 del Código Penal, se ordena dejar sin efecto la orden judicial de aprehensión dictada en su contra. es por lo que se ordena Oficiar de manera inmediata a los organismos de seguridad. TERCERO: Se acuerda fijar AUDIENCIA conforme al artículo 47 del Código Orgánico Procesal Penal, para el día 07-08-2013 a las 8:30am. Notifíquese a las partes.-
Dada, firmada y sellada en la Sala del Despacho de este Tribunal, en la ciudad de Barquisimeto, a los (15) días del mes de julio del 2013. Años 203º d.....