Por lo antes expuesto, este JUZGADO SUPERIOR NOVENO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, declara: PRIMERO: SE REFORMA el auto dictado en fecha 30-06-2014. SEGUNDO: ORDENA LA NOTIFICACION DEL DEMANDADO OSWALDO JOSE TAHAN, mediante Cartel publicado en la prensa. En consecuencia, se ordena librar Cartel de Notificación al demandado OSWALDO JOSE TAHAN venezolano, mayor de edad, de este domicilio, identificado con la cédula de identidad Nº V-2.986.428, y/o a sus apoderados judiciales MARIO HORACIO RAMIREZ YANEZ y JOSE SILVESTRE PADRON MENDOZA, abogados en ejercicio, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 55.899 y 39.557, respectivamente, para que comparezca por ante este Juzgado dentro de los diez (10) días de despacho siguientes a la constancia en autos de la publicación y consignación del Cartel a darse por notificado de l.....