este Tribunal Primero de Primera Instancia en funciones de Juicio del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, a tenor de lo previsto en el artículo 9 numeral 3 de la Convención de Derechos del Niño, la competencia establecida a este Juzgado de conformidad con el artículo 177 Parágrafo Cuarto, Literal "d", así como los artículos 4, 5, 8, 385, 386 y 387 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente, DECLARA CON LUGAR LA DMANDA DE REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR incoado por el ciudadano CÉSAR AUGUSTO DURAN CHAVEZ, contra la Ciudadana YVIAN DEL CARMEN BELLO SUÁREZ, en beneficio de los niños (identidad omitida de conformidad con el artículo 65 de la LOPNNA), y ORDENA LA DETERMINACIÓN del mismo de manera progresiva, en consecuencia se establece lo siguiente:
Primero: El padre podrá compartir con sus hijos, .....