DISPOSITIVO
En este estado, el Tribunal homologa el convenimiento celebrado entre las partes de conformidad con lo establecido en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo; dando por concluida la presente causa, la cual se dará por terminada, mediante auto separado en su debida oportunidad procesal. Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman.-
LA JUEZ
ABG. MEICER MORENO V.
APODERADO JUDICIAL ACTORA
LAS APODERADAS JUDICIALES DE LA DEMANDADA
LA SECRETARIA,
ABG. LEIDY VERGARA