y estudiadas como han sido las declaraciones rendidas por ante el Juzgado del Municipio Bermúdez, del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, de los testigos ciudadanas: GLADIS MERCEDES ROJAS DE RODRIGUEZ, LEYDA GISELA VELÁSQUEZ DE RODRÍGUEZ y DORIS CATALINA ROJAS DE RONDÓN, venezolanas, mayores de edad, casadas, de oficios del hogar, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. 5.182.185, 12.531.729 y 5.544.447, domiciliadas la primera en la Calle Juncal N° 216, la Segunda en Avenida Universitaria, casa N° 14, y la tercera en Calle Las Margaritas, casa N° 24, de esta ciudad de Carúpano, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, así como también los recaudos acompañados y por cuanto ella demostró lo narrado en la solicitud presentada. Este Tribunal de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Bancario, del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y .....