Declara: Homologado de conformidad con lo establecido en el articulo 440 del Código Orgánico Procesal Penal, el cual se aplica por remisión del articulo 613 de la L.O.P.N.N.A, el Desistimiento del Recurso de Apelación interpuesto por la profesional del Derecho, Xiomara Escalona, Defensora Pública adscrita a la Defensa Pública del Estado Carabobo, en contra del auto motivado dictado el 02 de febrero de 2009, por el precitado Tribunal de Control, mediante el cual decretó a su defendido VICTOR ANTONIO LABRADOR RODRIGUEZ, Medida Privativa Preventiva Judicial de Libertad, de conformidad con lo establecido en el Articulo 559 de la L.O.P.N.N.A. y 248 del Código Orgánico Procesal Penal. Publíquese. Notifíquese y Remítase en la oportunidad de ley.