éste Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener, aprueba la mencionada justificación, en consecuencia DECLARA a los ciudadanos MARLENY COROMOTO SANCHEZ LINARES y CARLOS ORLANDO DE LA CHIQUINQUIRA RIERA MORA, venezolanos, mayores de edad, solteros, titulares de las cédula de identidad Nros V- 4.321.205 y V- 19.921.406, respectivamente; como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la causante MARGERA CHIQUINQUIRA CHACON SANCHEZ, antes identificada.
Regístrese y Publíquese.
Expídase copia certificada de todas las actuaciones que conforman la solicitud así como de esta decisión. Devuélvanse los originales a la parte interesada.
Dada, sellada y firmada en la Sala del Despacho del Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Torres de la Circunscripción Ju.....