Se declara: SIN LUGAR el recurso contencioso tributario interpuesto por los ciudadanos Federico Araujo Medina, José Gregorio Torres Rodríguez, Alejandro Ramírez van der Velde, Oscar Moreán Ruíz y Juan Carlos Márquez, titulares de las Cédulas de Identidad Nº V.-3.558.947, V.-9.298.519, V.-9.969.831, V.-11.990.108 y V.-10.336.405, e inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los números 12.870, 41.242, 48.453, 68.026 y 59.526, actuando en su carácter de apoderados de la ASOCIACIÓN CIVIL DE APOYO A LA MICROEMPRESA; contra el Oficio Nº DCR-5-9821-2112, de fecha 04 de mayo de 2001, emitido por la Gerencia Jurídica Tributaria del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), notificado el 09 de mayo de 2001, el cual declaró improcedente la calificación de Exención del Impuesto Sobre la Renta, al igual que la negativa de calificación del goce de Exención por Impuesto a los Activos Empresariales y la negativa de Exoneración del Impuesto sobre.....