En consecuencia en la parte dispositiva debe leerse lo siguiente: "Se condena en costas a la parte demandada ciudadana CARLOTA DE LA SOLEDAD SOSA BORREGALES al pago de las costas del juicio principal de conformidad con lo establecido en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil".
En virtud de lo expuesto, este Tribunal da por aclarado el fallo. ASÍ SE DECIDE.-