DECISIÓN
En mérito de las consideraciones procedimentales expuestas este Juzgado Superior Primero Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara el DECAIMIENTO DEL OBJETO DE LA APELACIÓN intentada por la Abogada PATRICIA VARGAS SEQUERA, apoderada judicial de la parte demandada en contra del auto dictado en fecha 24 de febrero de 2014, por el JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DEL ESTADO LARA, en el juicio intentado por INVERSIONES P.B., C.A, en contra de la SOCIEDAD MERCANTIL BANCO OCCIDENTAL DE DESCUENTO "B.O.D".
Dada la naturaleza de la decisión no hay condenatoria en costas.
De conformidad con el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, expídase copia certificada de esta sentencia para ser agregada al libro respectivo.
Regístrese, publíquese y bájese oportunamente.