-IV-
DISPOSITIVA
En fuerza de las consideraciones precedentemente expuestas, este TRIBUNAL DÉCIMO CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la demanda de CUMPLIMIENTO DE CONTRATO intentada por los ciudadanos ÁNGELA ROSA DELGADO DE CÁCERES Y JOSÉ GERARDO CÁCERES QUIÑONES, contra la Sociedad Mercantil SERVICIOS INTEGRADOS DE ADMINISTRACIÓN OSORIO, S.R.L., y los ciudadanos ALVARO HERRERA HERNANDEZ y JUANITA GALINDO DE HERRERA;
SEGUNDO: Se condena en costas a la parte actora de conformidad con el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.
Por cuanto la presente decisión fue dictada fuera de lapso, se ordena la notificación del presente fallo a ambas partes, en el entendido que una vez conste en autos la última notificación que de ellos se haga, comenzarán a correr los lapsos .....