Se dictó y publicó decisión mediante la cual este Juzgado declaró: 1. COMPETENTE a la CSCA para conocer y decidir la demanda de nulidad interpuesta por la abg. HERMINIA R. CORTEZ, inscrita en el IPSA bajo el Nº 132.526, actuando como apoderada judicial de la sociedad mercantil AEROCENTRO CONDOMINIO EMPRESARIAL, C.A contra BOLIVARIANA DE AEROPUERTOS (BAER), S.A; 2. ADMITIÓ la referida demanda de nulidad; 3. ORDENÓ la notificación de la FGR, MINISTRO DEL PPP EL TRANSPORTE ACUÁTICO Y AÉREO; PRESIDENTES BAER y a la PGR conforme al art. 98 del Decreto Ley que rige sus funciones; 4. ORDENÓ solicitar al PRESIDENTE DE BAER, los A.A., relacionados con la presente causa; 5. INSTÓ a la parte demandante consigne las copias para las notificaciones ordenadas; 6. ORDENÓ, librar el cartel de emplazamiento a los terceros conforme al art 82 de la LOJCA; 7.ORDENÓ remitir el expediente a la CSCA, una vez consten las notificaciones ordenadas, para que se fije la Aud. de Juicio según el art. 82 de la LOJCA.