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DISPOSITIVA
En fuerza de los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Segundo de Municipio Ejecutor de Medidas e Itinerante de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda por DAÑOS Y PERJUICIOS incoada por la ciudadana CASSANDRA MARISELA DAZA contra el ciudadano LUIS ALBERTO MONTOYA, referente a los daños material peticionados en el escrito libelar; razón por la cual se condena a la parte demanda a cancelar la suma de:
• QUINIENTOS CINCUENTA MILLONES DE BOLIVARES (Bs. 550.000.000,00), actualmente equivalente a la suma de QUINIENTOS CINCUENTA MIL BOLIVARES (Bs. 550.000,00), por concepto de reparación por los daños materiales plenamente causados
SEGUNDO: Se ordena la corrección monetaria de las cantidades aquí condenadas a pagar desde que se inició el p.....