De tal manera que este Tribunal de Ejecución No 03, del Circuito Judicial del Estado Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decreta en contra del ciudadano: JOSE DAVID ROJAS ESCOVAR, venezolano, natural de Barquisimeto, Estado Lara, nacido en fecha 25-09-87, de 21 años de edad, titular de la cédula de identidad N° 18.334.928, Mecánico y comerciante, Concubino, hijo de OLGA RAMONA ROJAS ESCOBAR y JOSE RAMÓN ROJAS, domiciliado en Calle Principal El Tostado, Sector Las Colinas, N° 48, Barquisimeto, Estado Lara,una orden de aprehensión, con la única y exclusiva finalidad de que sea ubicado por medio de los diferentes cuerpos de seguridad, quienes una vez capturado lo hagan comparecer ante este tribunal, y así poder llevar a cabo el acto de imponerlo de la decisión dictada en fecha 21-01-2009, que hasta le fecha no ha podido celebrarse. Todo de conformidad con lo dispuesto en los artículos 44 y 49 de la Constitución, e.....