DISPOSITIVA
Con fundamento en lo anteriormente expuesto, este Juzgado Segundo en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Condena al ciudadano José Segundo Barrios Colmenarez, ut supra identificado, a cumplir la pena de ocho (08) años y cuatro (04) meses de prisión, por la comisión de los delitos de Robo Agravado y Robo Agravado de Vehículo Automotor, tipificados en los artículos 458 del Código Penal y artículo 5 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículos en concordancia con lo dispuesto en los numerales 1,2,3 y 11 del artículo 6 eiusdem en relación con lo dispuesto en el artículo 98 del Código Penal, calculándose la pena con base a lo dispuesto en las normas sustantivas y procesales respectivas; SEGUNDO: Se prescinde de la imposición de las penas accesorias de vigilancia establecidas en el artículo 16 del C.....