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Decisiones del dia 16/09/2014

Formato:  Ficha  Lista

Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Puerto Cabello y Juan José Mora del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito, Extensión Puerto Cabello.
Paginas 1 [Total de sentencias: 3] Página 1 de 1
N° Expediente : GP31-V-2013-000228 N° Sentencia : PJ0082014000144 Fecha: 16/09/2014
Procedimiento:
Desalojo
Partes:
DEMANDANTE: BLANCA LUGO VIUDA DE PEREZ, VENEZOLANA, MAYOR DE EDAD, TITULAR DE LA CEDULA DE IDENTIDAD NO. V-7.029.494. APODERADOS JUDICIALES: ABOGADOS OMAR ENRIQUE MONTERO FLORES Y ACASIA QUIROZ MIJARES, INSCRITOS EN EL INPREABOGADO BAJO LOS NOS. 55.376 Y 125.219, RESPECTIVAMENTE. PARTE DEMANDADA: MARCIAL GUILLERMO CARDOZO GARCIA, VENEZOLANO, MAYOR DE EDAD, TITULAR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD NO. V-5.049.748, Y DE ESTE DOMICILIO.
Resumen:
Por todas las razones expuestas, este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo. Extensión Puerto Cabello, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley acuerda impartir su HOMOLOGACION a fin de que tenga fuerza de COSA JUZGADA la Transacción realizada por la ciudadana BLANCA LUGO viuda de PEREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No. V-7.029.494, mediante sus apoderados judiciales Abogados OMAR ENRIQUE MONTERO FLORES y ACASIA QUIROZ MIJARES, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nos. 55.376 y 125.219, respectivamente, y el ciudadano MARCIAL GUILLERMO CARDOZO GARCIA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-5.049.748, y de este domicilio, en el juicio por DESALOJO, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 1.713 del Código Civil en concordancia con los artículos 2.....
Juez/Ponente:
María José Ambrosino Arrevillaga
Organo:
Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Puerto Cabello y Juan José Mora del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito, Extensión Puerto Cabello.
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N° Expediente : GP31-S-2013-000824 N° Sentencia : PJ0082014000142 Fecha: 16/09/2014
Procedimiento:
Divorcio (Artículo 185 - A Del Código Civil)
Partes:
REYNALDO RAMON COLMENAREZ Y NANCY MARITZA COLMENARES RODRIGUEZ, VENEZOLANOS, MAYORES DE EDAD, CÉDULAS DE IDENTIDAD NOS. V-8.599.279 Y V-8.592.689 RESPECTIVAMENTE, ABOGADA ASISTENTE: LORNA COROMOTO CASTRO RAMOS, INSCRITA EN EL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL DEL ABOGADO BAJO EL NO. 62.050, Y DE ESTE DOMICILIO.
Resumen:
En razón de todo lo antes expuesto, este TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL CIRCUITO JUDICIAL CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO. EXTENSIÓN PUERTO CABELLO. Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR, la solicitud de DIVORCIO 185-A, interpuesta por los ciudadanos: REYNALDO RAMON COLMENAREZ Y NANCY MARITZA COLMENARES RODRIGUEZ, venezolanos, mayores de edad, cédulas de identidad Nos. V-8.599.279 y V-8.592.689 respectivamente, ambos de este domicilio, asistidos por la abogada LORNA COROMOTO CASTRO RAMOS, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 62.050, y de este domicilio. En cuanto a los hijos, manifiestan los solicitantes que procrearon durante su unión conyugal dos hijos los cuales tienen 28, y 25 años de edad, tal como consta en Acta de Nacimiento que corre inserta del folio 8 al 11 con razón a los biene.....
Juez/Ponente:
María José Ambrosino Arrevillaga
Organo:
Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Puerto Cabello y Juan José Mora del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito, Extensión Puerto Cabello.
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N° Expediente : GP31-V-2014-000129 N° Sentencia : PJ0082014000143 Fecha: 16/09/2014
Procedimiento:
Cobro De Bolivares Via Intimacion
Partes:
DEMANDANTE: EMILIO JOSE RAMIREZ OJEDA, VENEZOLANO, MAYOR DE EDAD, TITULAR DE LA CEDULA DE IDENTIDAD NO. V-7.010.013, DE ESTE DOMICILIO. ABOGADO ASISTENTE: ABOGADO JORGE LUIS GARCIA BARAZARTE, INSCRITO EN EL INPREABOGADO BAJO EL NO. 200.306. DEMANDADO: ELEAINE DOS SANTOS VETENCOURT, VENEZOLANA, TITULAR DE LA CEDULA DE IDENTIDAD NRO. V-15.643.495.
Resumen:
Por los razonamientos expuestos, este Tribunal Cuarto de Municipio del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Extensión Puerto Cabello, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad de la Ley declara INADMISIBLE LA DEMANDA, por COBRO DE BOLIVARES POR VIA INTIMATORIA interpuesta por el ciudadano EMILIO JOSE RAMIREZ OJEDA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No. V-7.010.013, de este domicilio.
Juez/Ponente:
María José Ambrosino Arrevillaga
Organo:
Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Puerto Cabello y Juan José Mora del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito, Extensión Puerto Cabello.
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